El Gobierno reglamentó Inocencia Fiscal II y fijó las condiciones para adherir al régimen simplificado
El decreto establece que la residencia fiscal será el único requisito de acceso y deja pendientes normas de ARCA y la UIF.
El Gobierno publicó este viernes en el Boletín Oficial el Decreto 1253/2026, que reglamenta la Ley de Inocencia Fiscal II.
La reglamentación define cuándo ARCA puede cuestionar los efectos del régimen por una discrepancia significativa: cuando el impuesto determinado aumente o el quebranto disminuya en al menos 15%, o cuando la diferencia supere el monto del Régimen Penal Tributario. También habilita a quienes ya presentaron Ganancias 2025 por el régimen general a rectificar y pasarse al simplificado.
El tributarista Sebastián Domínguez advirtió que aún faltan definiciones operativas.