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Justicia Santa Fe

La Cámara Penal de Rosario ratificó la ley que baja la imputabilidad a 14 años

El tribunal advirtió que el debate público no puede presionar a los jueces.

Rosario, Santa Fe · Publicada

La Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario confirmó este viernes una resolución que rechazó declarar inconstitucional la ley 27.801, que incorpora al Régimen Penal Juvenil a adolescentes desde los 14 años. La decisión se dictó en una causa por robo calificado con uso de arma en la que intervienen dos jóvenes de 14 y 15 años.

La defensa había cuestionado la reforma al considerar que redujo el nivel de protección vigente hasta entonces, cuando la edad mínima de responsabilidad penal era de 16 años. Sostuvo que el cambio vulnera los principios de progresividad y no regresividad de los derechos de niños, niñas y adolescentes, además de contradecir recomendaciones internacionales que desaconsejan reducir edades mínimas previamente más altas.

El tribunal entendió que esos argumentos no alcanzan para invalidar la ley. Señaló que la declaración de inconstitucionalidad es una medida excepcional y que exige demostrar una contradicción manifiesta e insalvable con normas de jerarquía superior. Resaltó que la Convención sobre los Derechos del Niño obliga a los Estados a establecer una edad mínima de responsabilidad penal, pero no fija un número concreto, y que la Observación General 24 del Comité de los Derechos del Niño recomienda que ese umbral sea de, al menos, 14 años.

La resolución también abordó el argumento vinculado con la menor madurez de los adolescentes. Reconoció que la adolescencia exige una respuesta estatal diferenciada, proporcional y orientada a fines socioeducativos, pero sostuvo que esa condición no obliga a excluir de toda forma de responsabilidad penal a quienes tienen 14 o 15 años. Según La Capital, en el caso se valoró que el juez de primera instancia dispuso supervisión específica, continuidad de intervenciones interdisciplinarias y estrategias de abordaje socioeducativo y familiar.

Como consideración final, el tribunal analizó el impacto de la exposición pública de las decisiones judiciales. Señaló que las revisiones de los fallos deben canalizarse mediante los recursos previstos por la ley y advirtió que el debate público no puede generar presiones externas, ni siquiera indirectas, sobre la labor de los jueces. Destacó que, en casos de alta sensibilidad social, la discrepancia con lo resuelto no debe desplazarse del contenido de la decisión hacia la persona del magistrado.

Fuentes

La CapitalPerfil

Notas generadas automáticamente con IA a partir de fuentes públicas citadas; revisión automática.

La Capital

Rosario: confirman la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil a adolescentes de 14 y 15 años
  • «La Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario confirmó este viernes una resolución que rechazó declarar inconstitucional la ley 27.801, norma que incorpora al Régimen Penal Juvenil a adolescentes desde los 14 años. La decisión se dictó en una causa por robo calificado con uso de arma, en la que intervienen dos jóvenes de 14 y 15 años.»
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  • «La defensa había cuestionado la reforma al considerar que redujo el nivel de protección vigente hasta entonces, cuando la edad mínima de responsabilidad penal era de 16 años. Sostuvo que el cambio vulnera los principios de progresividad y no regresividad de los derechos de niños, niñas y adolescentes, además de contradecir recomendaciones internacionales que desaconsejan reducir edades mínimas…»
  • «El tribunal, sin embargo, entendió que esos argumentos no alcanzan para invalidar la ley. Señaló que la declaración de inconstitucionalidad es una medida excepcional y que exige demostrar una contradicción manifiesta e insalvable con normas de jerarquía superior. En ese sentido, el fallo resaltó que la Convención sobre los Derechos del Niño obliga a los Estados a establecer una edad mínima de…»
  • «La resolución también abordó el argumento vinculado con la menor madurez de los adolescentes. Reconoció que la adolescencia exige una respuesta estatal diferenciada, proporcional y orientada a fines socioeducativos. No obstante, sostuvo que esa condición no obliga a excluir de toda forma de responsabilidad penal a quienes tienen 14 o 15 años. Según el fallo, las particularidades propias de la…»
  • «Como consideración final, el tribunal analizó el impacto de la exposición pública de las decisiones judiciales. Señaló que las revisiones de los fallos deben canalizarse mediante los recursos previstos por la ley y advirtió que el debate público no puede generar presiones externas, ni siquiera indirectas, sobre la labor de los jueces. La resolución destacó que, en casos de alta sensibilidad…»

Perfil

En Rosario, Cámara en lo Penal ratificó el Régimen Penal Juvenil (con 14 años de piso imputable)
  • «Y en ese marco es trascendente la decisión que anunció este viernes la Cámara de Apelación en lo Penal de la ciudad de Rosario, que rechazó declarar inconstitucional la esa ley 27.801, que lleva el piso de imputabilidad a menores que cometan delitos a 14 años.»
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  • «Para los letrados que asisten a los adolescentes, la nueva normaltiva, bajando de 16 a 14 años la imputabilidad, representa “reducir el nivel de protección” de los adolescentes involucrados.»
  • «la Cámara admitió que la Convención sobre los Derechos del Niño tiene su importancia y obliga a los Estados a disponer edad mínima para las responsabilidades delicitivas, pero enfatizó que en esas legislaciones internacionales “no se fijan edades concretas”. Y además esa Convención “no configura una prohibición absoluta” que impida al ámbito legislativo establecer la edad en 14 años.»
  • «En su fallo, los jueces de la Cámara de Apelación en lo Penal reconocieron que la imputabilidad a tan temprana edad amrita “respuestas diferenciadas, proporcionale y orientada a fines socioeducativos”, pero en los hechos, aunque se cuiden esas respuestas, mantuvo el fondo de la cuestión: los menores de 14 o 15 años no podrán quedar excluidos, por esas edades, de las responsabilidades penales de…»