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El Supremo de España mantiene la suspensión del voto a los nacionalizados por la ley de nietos

Los afectados tendrán cinco días para presentarse en el procedimiento y alegar contra las cautelares.

Madrid, España · Publicada

El Tribunal Supremo de España mantuvo la suspensión del derecho al voto en las elecciones generales del 29 de noviembre a los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad mediante la ley de nietos. La medida alcanza a unas 163.020 personas y quedó firme al desestimarse el recurso de la Abogacía del Estado, que pedía levantar la cautelar adoptada el 10 de septiembre.

El tribunal consideró que persiste el riesgo de que el censo electoral se constituya de forma irregular y sin las garantías de exactitud, igualdad, objetividad y transparencia exigidas para una elección democrática. Sostuvo que el derecho al sufragio no es absoluto y debe equilibrarse con el interés general de preservar la legalidad del padrón, y que la revisión de los casos pendientes no puede completarse antes de los comicios.

La suspensión alcanza a quienes obtuvieron la nacionalidad pero aún no completaron su inscripción en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), a los registrados que no aclararon las condiciones de su inscripción y a quienes la Administración no tiene trazabilidad de su acceso. En cambio, podrán votar los nacionalizados que obtengan en los consulados una certificación de que adquirieron la ciudadanía como descendientes de exiliados por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación sexual, conforme a la ley de memoria democrática.

El Gobierno lamentó la decisión. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, afirmó durante una conversación informal con periodistas en la recepción oficial del Día de la Fiesta Nacional que "parece que el derecho al voto no es tan relevante para algunos", reportó Euronews, y señaló que el siguiente paso es esperar a que la Abogacía del Estado examine si la suspensión cautelar constituye una resolución definitiva. El líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, celebró el fallo y sostuvo en redes sociales que "en unas elecciones no puede haber dudas sobre el censo. Ninguna".

Fuentes

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España: el Supremo mantiene la suspensión del voto para el 29-N a los nacionalizados por la ley de nietos
  • «El Tribunal Supremo de España decidió mantener la suspensión del derecho al voto en las elecciones generales del 29 de noviembre a los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de nietos. La medida afecta a unas 163.020 personas que no podrán ejercer su derecho al sufragio en los comicios.»
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  • «El Supremo resolvió que persiste el riesgo de que el censo “se constituya irregularmente” y sin la “exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia” que exigen las elecciones en una democracia parlamentaria representativa como la española.»
  • «No podrán votar los nacionalizados que no estén en el censo De este modo, el Supremo mantiene la suspensión de la inscripción en el CERA de quienes hubieran obtenido la nacionalidad pero aún estuvieran pendientes de ese trámite. Tampoco podrán votar los inscriptos en el censo que no hayan aclarado las condiciones en las que se hizo el registro y de quienes la Administración no tenga "trazabilidad…»
  • «El Gobierno lamentó la decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar del derecho al voto de los nacionalizados por la Ley de nietos. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, afirmó durante una conversación informal con periodistas en la recepción oficial del Día de la Fiesta Nacional: “Parece que el derecho al voto no es tan relevante para algunos”, reportó Euronews.»
  • «Por otra parte, el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, se mostró contundente al afirmar en redes sociales que “en unas elecciones no puede haber dudas sobre el censo. Ninguna”.»

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Elecciones en España: 163.000 nacionalizados por la Ley de Nietos no podrán votar
  • «El Tribunal Supremo de España mantuvo la suspensión del derecho al voto para unos 163.020 ciudadanos nacionalizados por la Ley de Nietos en las elecciones generales del 29 de noviembre, al rechazar el recurso presentado por la Abogacía del Estado.»
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  • «El máximo tribunal consideró que sigue existiendo el riesgo de que el censo electoral se configure de forma irregular y sin las garantías de exactitud, igualdad, objetividad y transparencia exigidas para una elección democrática.»
  • «En cambio, sí podrán participar de la elección quienes obtengan una certificación consular que acredite que adquirieron la ciudadanía española como descendientes de exiliados por motivos políticos, ideológicos, religiosos o vinculados a la orientación sexual, conforme a lo establecido por la ley.»