Work in progress

Argentina

EL HECHO

BETA

Justicia Reforma laboral

Un juez suspendió dos artículos de la reforma laboral por un amparo de los abogados porteños

La cautelar no declara la inconstitucionalidad de la norma: la cuestión de fondo sigue abierta en el expediente.

CABA · Publicada

El juez federal Martín Cormick hizo lugar a una cautelar del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal y suspendió la aplicación de los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. La medida regirá hasta que se dicte una sentencia definitiva o durante un plazo de tres meses, lo que ocurra primero.

El artículo 10 modificó el artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo e incorporó un criterio objetivo de sobreestimación de los créditos reclamados, con costas que podían imponerse solidariamente al trabajador y al abogado que promovió la demanda. El artículo 56 modificó el artículo 277 y habilitó el pago de las condenas judiciales en cuotas mensuales. El juez consideró que la redacción no distingue con claridad entre el capital que debe recibir el trabajador y los honorarios de los abogados.

La decisión se dictó en el marco de una acción de amparo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal contra el Estado Nacional, que busca que se declare la inconstitucionalidad de ambos artículos.