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El Concejo de Posadas aprobó sanciones más severas para motos con escapes alterados

La modificación promulgada por el Ejecutivo impide recuperar el motovehículo mediante el pago de una multa.

Posadas, Misiones · Publicada

El Honorable Concejo Deliberante de Posadas aprobó el dictamen de las Comisiones de Transporte y Tránsito y de Ambiente y Desarrollo Sustentable que eleva de leve a grave la infracción por circular con escapes alterados y establece el secuestro del motovehículo. La modificación incorpora el inciso 39 al Artículo 1 del Anexo Único de la Ordenanza XVI – N° 112, Régimen de Penalidades para Infracciones de Tránsito.

Quedarán alcanzados los motovehículos que circulen con escapes modificados, escapes libres o sistemas que no correspondan al modelo original de la unidad, cuando la alteración genere ruidos molestos. Una vez comprobada la alteración y su incidencia en la generación de ruidos molestos, el vehículo quedará sujeto a las disposiciones previstas para su destrucción, sin posibilidad de recuperarlo mediante el pago de una multa.

Fuentes

Primera EdiciónMisiones Online

Notas generadas automáticamente con IA a partir de fuentes públicas citadas; revisión automática.

Primera Edición

Ruidos molestos: el Concejo aprobó sanciones más severas para motos con escapes alterados
  • «Esta semana en el Honorable Concejo Deliberante de Posadas, fue aprobada la modificación donde se eleva la infracción de leve a grave y establece el secuestro de los motovehículos que circulen con escapes alterados.»
Un fragmento más
  • «De esta manera, quedarán alcanzados aquellos motovehículos que circulen con escapes modificados, escapes libres o sistemas que no correspondan al modelo original de la unidad, cuando dicha alteración genere ruidos molestos.»

Misiones Online

Ruidos molestos: el Concejo Deliberante de Posadas aprobó sanciones más severas para motos con escapes alterados
  • «Durante la 24° Sesión Ordinaria, el Honorable Concejo Deliberante aprobó el dictamen de las Comisiones de Transporte y Tránsito y de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el cual incorpora el inciso 39) al Artículo 1 del Anexo Único de la Ordenanza XVI – N° 112, Régimen de Penalidades para Infracciones de Tránsito.»
Un fragmento más
  • «La medida establece además un cambio sustancial respecto del régimen anterior: una vez comprobada la alteración del sistema de escape y su incidencia en la generación de ruidos molestos, el vehículo quedará sujeto a las disposiciones previstas para su destrucción, sin posibilidad de recuperarlo mediante el pago de una multa.»